Elaborado por estudiantes de la Escuela de Agronomía

Documentos Importantes: ¿Plagio?


Juan Carlos Baudrit

Jeudy Mora Robles

Denier Ulloa

A lo largo de la vida estudiantil nos encontramos con la tarea de realizar trabajos que ponen a prueba nuestra capacidad intelectual. Generalmente es necesario recurrir a información generada por científicos y profesionales a los que debemos hacer referencia por medio de Referencias Bibliográficas. La calidad de nuestro trabajo conlleva un esfuerzo arduo y extenso, sin embargo, la información recopilada no fue generada por nosotros. En ocasiones podemos vernos tentados a utilizar la información recopilada como nuestra, pero hay que tener en cuenta que este acto es tomado como ¡PLAGIO!.

El Reglamento de orden y disciplina de la Universidad de Costa Rica define plagio como la utilización, en parte o en su totalidad, de obras intelectuales. (1) Esto quiere decir obras ya publicadas nacional o internacionalmente por una persona o varias personas.

Es importante mencionar que durante la carrera nos encontraremos con cursos en donde se nos solicita trabajar en grupos, lo que implica un mayor cuidado al momento de la búsqueda y la referenciación de la información ya que un error, intencionado o no, de alguno de los integrantes involucra a todos los estudiante que conforman el grupo de trabajo.

En ocasiones, los trabajos realizados por estudiantes son cedidos a otros estudiantes, ya sea que los estudiantes facilitadores hayan llevado el curso en cuestión o que durante el mismo semestre un grupo de trabajo haya realizado con anterioridad la labor asignada. Lo anterior es tomado como una falta grave en la institución, siendo conocida como “COPIA”. El Reglamento de orden y disciplina toma esta acción como una falta grave. Esta falta se toma como “copia” el uso de trabajos, tareas e informes…, realizado(s) por otro(s) estudiante(s) y presentarlo(s) como propio(s) (2)

En la Universidad de Costa Rica se presentan faltas leves, graves y muy graves que pueden tener repercusiones en la vida estudiantil de nuestra persona. Se debe tener en cuenta que las faltas graves y muy graves como lo son la copia y el plagio, respectivamente, son consideradas las faltas más graves que se pueden cometer a lo largo de la carrera y estas a su tiempo tienen sanciones que deben ser aplicadas a las personas que las cometan.

Las sanciones para estas faltas son las siguientes (3):

Faltas Leves: Amonestación por escrito o con suspensión menor de quince días lectivos

Faltas Graves: Suspensión de quince días lectivos a seis meses calendario.

Faltas Muy Graves: Suspensión de su condición de estudiante regular no menor de seis meses calendario, hasta por seis años calendario.

Es importante mencionar que estas sanciones pueden ser sustituidas por medidas correctivas según lo que estipula el Art. 10, Cap. III del Reglamento de orden y disciplina. Para que las sanciones sean sustituidas es necesario que el estudiante:

Presente buen rendimiento académico y de comportamiento.

Muestre un claro arrepentimiento por las faltas cometidas.

No haya sido sancionado por cualquier otra falta cometida a lo largo de su vida estudiantil dentro de la universidad (4).

Importante mencionar que la información aquí suministrada puede ser consultada con mayor profundidad en el “Reglamento de orden y disciplina de los estudiantes de la Universidad de Costa Rica”

 

Bibliografía

 (1). Consejo Universitario, Vicerrectoría de vida estudiantil ciudad universitaria. 2015. Reglamento de orden y disciplina de los estudiantes de la Universidad de Costa Rica. Sección de Impresiones del SIEDIN. San José, Costa Rica. Cap. II, Art. 5.c. 47 p.

(2)   Consejo Universitario, Vicerrectoría de vida estudiantil ciudad universitaria. 2015. Reglamento de orden y disciplina de los estudiantes de la Universidad de Costa Rica. Sección de Impresiones del SIEDIN. San José, Costa Rica. Cap. II, Art. 4.j. 46 p.

(3)   Consejo Universitario, Vicerrectoría de vida estudiantil ciudad universitaria. 2015. Reglamento de orden y disciplina de los estudiantes de la Universidad de Costa Rica. Sección de Impresiones del SIEDIN. San José, Costa Rica. Cap. III, Art. 9.a y b. 49 p.

(4)   Consejo Universitario, Vicerrectoría de vida estudiantil ciudad universitaria. 2015. Reglamento de orden y disciplina de los estudiantes de la Universidad de Costa Rica. Sección de Impresiones del SIEDIN. San José, Costa Rica. Cap. III, Art. 10. 49 p.

 

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